martes, 22 de diciembre de 2015

La Lomce


Reflexión sobre Lomce

La Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa  implantada en España desde el curso 2014/2015,  incorpora cambios que han suscitado una gran polémica entre todos los sectores y ámbitos de la educación.  Dadas las protestas de los diferentes sectores sociales y culturales, es de vital importancia que como futuros profesores analicemos los aspectos positivos y negativos de la misma, en el sistema  educativo español.

Para comenzar con este comentario, haré referencia, en primer lugar a dos de  los principios fundamentales que presiden esta Ley. El primero consiste en la exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos, en todos los niveles del sistema educativo. M ejorar los resultados generales y en reducir las tasas elevadas  de terminación de la educación básica sin titulación y de abandono temprano de los estudios. El abandono escolar es una realidad respaldada por datos e informes y en este punto la ley acierta cuando lo tiene en cuenta y pone al “alumnado como el centro y la razón de ser de la educación...”. El segundo principio que inspira esta Ley consiste en un compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años. El proceso de construcción europea está llevando a una cierta convergencia de los sistemas de educación y de formación, que se ha traducido en el establecimiento de unos objetivos educativos comunes para este inicio del siglo XXI.: las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el fomento del plurilingüismo, y la modernización de la Formación Profesional. La principal diferencia del sistema educativo español con los de nuestro entorno, radica en el número especialmente bajo de alumnos  que escogen la  Formación Profesional. Esta propuesta de la ley está encaminada a mejor la futura situación de estos alumnos, la competitividad etc... El dominio de una segunda o, incluso, una tercera lengua extranjera también se ha convertido en una prioridad en la educación como consecuencia del proceso de globalización en que vivimos, a la vez que se muestra como una de las principales carencias de nuestro sistema educativo.

La Unión Europea ha fijado el fomento del plurilingüismo como un objetivo irrenunciable para la construcción de un proyecto europeo. La Ley apoya decididamente el plurilingüismo y redobla  los esfuerzos para conseguir que los estudiantes se desenvuelvan con fluidez en al menos una primera lengua extranjera, cuyo nivel de comprensión oral, lectora, de expresión oral y escrita resulte decisivo para favorecer la *empleabilidad,  las ambiciones profesionales y la movilidad geográfica



Está claro que esta reforma educativa supone un gran desafío ya que incorpora muchos cambios y reajustes en el trabajo en las aulas. Las clases presentaran una complejidad nueva en su estructura, preparación y evaluación. El alumno tendrá que tener una  implicación mucho más activa en el  proceso de aprendizaje. Además, de acumular los conocimientos necesarios, deberá adquirir las destrezas necesarias para  emplear, seleccionar y organizar  toda la información de la que dispone, lo que lo hará formarse  como individuo maduro que está viviendo un momento de cambio y que necesita alcanzar cierta autonomía. La labor del docente también estará encaminada hacia el continuo reajuste de los sistemas de información, conocimientos y comunicación para conseguir unos resultados  que se han traducido en el establecimiento de unos objetivos educativos comunes para este inicio del siglo XXI a nivel  europeo..


martes, 15 de diciembre de 2015

El MCER




El Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas define los niveles de dominio de la lengua para poder comprobar el progreso de los alumnos en cada fase del aprendizaje. Al mismo tiempo, hace una descripción de  lo que tienen que aprender a hacer los estudiantes de idiomas con el fin de utilizar una lengua para comunicarse, así como los conocimientos y destrezas que tienen que desarrollar para poder actuar de manera eficaz.

Se establecen 6 niveles de aprendizaje para todas las lenguas a partir de los cuales se favorece el aprendizaje, enseñanza y evaluación. También, facilita en gran medida la comprensibilidad a los usuarios de la información y delimita las capacidades que el alumno debe controlar en cada uno de los niveles para las categorías comprender, hablar y escribir:

A1: corresponde al nivel principiante
A2: corresponde al nivel elemental

B1: corresponde al nivel intermedio
B2: corresponde al nivel alto

C1: corresponde al nivel avanzado
C2: corresponde al nivel muy avanzado

Estos niveles van desde el nivel de usuario básico hasta el de un usuario altamente competente en la lengua, cuyo rendimiento es prácticamente indistinguible del nivel de ejecución de un hablante nativo. En un contexto como el actual, dónde es frecuente que las personas se muevan entre los países para estudiar o para trabajar, el uso de este marco común ayuda a garantizar que los programas educativos y las evaluaciones de los resultados estén estandarizados. En-fin,  es una base muy útil de referencia  pero, según mi punto de vista, carece de una explicación lingüística más detallada dirigida al aprendizaje, enseñanza y evaluación de  los estudiantes con necesidades específicas de integración, que estén aprendiendo la lengua de instrucción.


El Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas nos da  los niveles  descritos en forma de escalas de descriptores y en términos de capacidades (competencias generales y comunicativas). Sin embargo, no contempla particularidades en los criterios de enseñanza y evaluación que debemos aplicar para medir el nivel de comprensión y expresión oral y escrita de un alumno que empieza a aprender la lengua de la escuela años después que sus compañeros nativos. En estos casos concretos, estos alumnos llevan una doble carga, ya que están aprendiendo de forma simultánea el contenido curricular y la lengua vincular de la escuela. Para garantizar que estos alumnos sigan desarrollando sus habilidades lingüísticas hasta que lleguen al nivel de competencia de la lengua que tienen sus compañeros de la misma edad, me parece que se podrían adaptar algunos descriptores orientativos de competencia lingüística para esos estudiantes que están aprendiendo la lengua de instrucción para fines escolares.



En resumen, el texto del Marco Común de Referencia para las lenguas, a mi entender, no contempla casos particulares, por eso me parece importante tener en cuenta este aspecto para un futro trabajo de investigación, que podría servir de referencia a los profesores, que quieran asegurarse de que todos los alumnos con necesidades específicas de integración, siguen desarrollando sus capacidades lingüísticas a un ritmo adecuado para poder alcanzar el nivel de competencia lingüística esperado en comparación con sus compañeros nativos.